Bruselas obliga a introducir criterios técnicos e industriales en las subastas de renovables
La Comisión Europea ha remitido a los Estados miembros una guía para aplicar los nuevos criterios no económicos previstos en la Ley de Industria de Cero Emisiones Netas. Al menos el 30% de la potencia o energía renovable subastada cada año, o alternativamente 6 GW, deberá valorarse atendiendo también a la seguridad de suministro, la sostenibilidad, la ciberseguridad y la capacidad real de ejecutar los proyectos.
La Comisión Europea ha publicado las directrices con las que pretende transformar el funcionamiento de una parte de las subastas nacionales de energías renovables. Frente al modelo predominante durante los últimos años, en el que las ofertas competían fundamentalmente por presentar el menor precio o solicitar la menor ayuda pública, los Estados deberán incorporar criterios relacionados con la calidad técnica de los proyectos, la sostenibilidad, la seguridad de las cadenas de suministro y la capacidad industrial para construir las instalaciones en los plazos comprometidos.
Las directrices no crean por sí solas una nueva obligación jurídica, sino que explican cómo deben aplicarse las exigencias ya establecidas por el artículo 26 del Reglamento europeo de Industria de Cero Emisiones Netas y por el Reglamento de Ejecución 2025/1176. Estas disposiciones son aplicables desde el 30 de diciembre de 2025 y obligan a utilizar criterios distintos del precio en, al menos, el 30% del volumen renovable subastado cada año por cada Estado miembro o, como alternativa, en un mínimo de 6 GW anuales. El cálculo debe realizarse sobre el conjunto de tecnologías renovables subastadas, y no de manera separada para la solar, la eólica o cada una de las restantes fuentes.
Esto no significa que el precio deje de tener importancia. En las subastas sometidas a las normas europeas de ayudas de Estado continuará siendo el elemento principal de la evaluación, pero ya no podrá ser necesariamente el único en la parte de las convocatorias afectada por el reglamento. Cuando la sostenibilidad y la resiliencia se utilicen como criterios de adjudicación, deberán representar conjuntamente entre el 15% y el 30% de la puntuación, con un peso mínimo del 5% para cada uno de ellos. En consecuencia, el criterio económico seguirá concentrando normalmente, como mínimo, el 70% de la valoración, pero un proyecto más barato podrá perder frente a otro que ofrezca mejores garantías técnicas, industriales o ambientales.
Requisitos de preselección y criterios de adjudicación
La Comisión distingue entre requisitos de preselección y criterios de adjudicación. Todos los participantes deberán acreditar, antes de que sus ofertas puedan ser comparadas, una conducta empresarial responsable, niveles suficientes de ciberseguridad y protección de datos, y capacidad para construir y poner en servicio el proyecto íntegramente y dentro del calendario previsto. Estos requisitos funcionarán, por tanto, como condiciones de aptitud: las ofertas que no los cumplan podrán quedar excluidas con independencia del precio propuesto.
La capacidad de ejecución adquiere especial importancia tras los retrasos, renuncias y revisiones de proyectos registrados en distintos mercados europeos. Las administraciones podrán exigir documentación que demuestre la madurez de la instalación, la disponibilidad de financiación, la experiencia del promotor, la planificación de la cadena de suministro o el grado de avance de los permisos. El objetivo es reducir el riesgo de que una oferta anormalmente baja resulte adjudicataria y posteriormente no pueda construirse por falta de equipos, financiación o capacidad técnica.
La ciberseguridad dejará igualmente de considerarse un aspecto secundario. Las centrales renovables incorporan inversores, sistemas de control, sensores, comunicaciones remotas y plataformas digitales capaces de operar o desconectar equipos. Los promotores tendrán que acreditar medidas para proteger esas infraestructuras, garantizar la continuidad operativa y limitar los riesgos derivados de proveedores tecnológicos. En determinados supuestos relacionados con jurisdicciones de terceros países, se podrá exigir que los datos generados por los equipos y servicios digitales se almacenen y procesen dentro del Espacio Económico Europeo, incluidas las copias de seguridad y redundancias en la nube.
Criterio de resiliencia
Uno de los cambios más relevantes para fabricantes e ingenierías será la introducción del criterio de resiliencia. Su finalidad es evitar que la expansión de las renovables europeas aumente la dependencia respecto de un único proveedor exterior de paneles, inversores, células fotovoltaicas, turbinas, generadores, imanes permanentes o electrolizadores. Las ofertas podrán recibir puntos adicionales o quedar condicionadas a que una determinada proporción de los equipos y componentes no proceda de países de los que la Unión mantiene una dependencia excesiva.
En el caso de la energía fotovoltaica, la guía explica que, cuando exista esa dependencia, al menos cuatro componentes principales elegidos por el licitador deberán proceder de fuentes alternativas. La Comisión cita entre ellos los módulos, células, obleas, vidrio solar, lingotes de silicio, polisilicio e inversores. Para demostrar su origen podrán utilizarse declaraciones aduaneras, facturas, certificados, números de serie, contratos con proveedores, documentos de transporte o registros de fabricación. La falta de documentación permitirá considerar que el componente procede del país respecto del cual existe la dependencia.
Estas exigencias no equivalen formalmente a una reserva general para productos fabricados en Europa, pero sí pretenden diversificar el aprovisionamiento y favorecer el desarrollo de capacidad industrial dentro de la Unión. Para las empresas de ingeniería, ello obligará a incorporar la trazabilidad del suministro desde las primeras fases del proyecto, ya que la sustitución posterior de un fabricante o componente deberá respetar los criterios con los que se obtuvo la adjudicación.
