El Gobierno refuerza la protección al consumidor y amplía las opciones para contratar la luz
El nuevo reglamento del mercado eléctrico prohíbe las llamadas comerciales no solicitadas, facilita el cambio de compañía, refuerza las garantías frente a cortes de suministro y abre la puerta a nuevas formas de contratación, como los agregadores de demanda y los contratos más flexibles.
El Gobierno ha aprobado una nueva norma que actualiza las reglas del suministro y la venta de electricidad en España. El objetivo principal es proteger mejor a los consumidores sobre todo a los hogares y personas vulnerables y darles más opciones y poder para decidir cómo contratar y gestionar su luz.
Una de las medidas más importantes es que se prohíben las llamadas comerciales no solicitadas para ofrecer contratos de luz. Solo podrán llamar si el cliente lo ha pedido antes o si es el propio consumidor quien contacta con la empresa.
Además, si una compañía cambia los precios o las condiciones del contrato, tendrá que explicar claramente, antes de que el cliente acepte, cómo afectará eso a su factura, comparando el precio anterior con el nuevo.
Los hogares y pequeñas empresas podrán cancelar su contrato sin penalización en casi todos los casos. También se agilizan los cambios de compañía, que deberán hacerse en un máximo de 10 días.
Más facilidades para reclamar
Las empresas estarán obligadas a tener un servicio gratuito de atención al cliente que deje constancia de las reclamaciones. Deberán responder en un máximo de 15 días. También podrán contar con un “Defensor del cliente” cuyas decisiones serán obligatorias para la empresa.
Más protección ante cortes de luz
Se refuerzan las normas sobre cortes de suministro por impago. No se podrá cortar la luz en festivos ni en vísperas de festivos. Además, queda prohibido cortar el suministro a personas electrodependientes (que necesitan electricidad por razones médicas). Las administraciones podrán impedir cortes a familias vulnerables acogidas al bono social.
Si hay errores en la factura, las devoluciones al cliente deberán incluir intereses y un pequeño recargo adicional a su favor.
Más opciones para contratar la electricidad
La nueva norma permite mayor flexibilidad. Por ejemplo:
- Se podrán hacer contratos de temporada (menos de un año).
- Se podrá tener más de un contrato de electricidad al mismo tiempo.
- Se podrán contratar dos potencias distintas a lo largo del año según las necesidades.
Las grandes comercializadoras tendrán que ofrecer tarifas con precios dinámicos, que cambian según el mercado, ampliando así las opciones disponibles.
Aparece la figura del “agregador”
Se regula también una nueva figura: el agregador independiente. Estas empresas podrán agrupar el consumo o la energía generada por varios usuarios para gestionarla en el mercado eléctrico. Esto puede ayudar a los consumidores a ahorrar o incluso a obtener compensaciones económicas por ajustar su consumo.
Más control y transparencia con los datos
Se crea un punto único de acceso a los datos del sistema eléctrico, donde los consumidores podrán consultar gratuitamente su información. También podrán decidir quién puede acceder a sus datos.
Adaptación y sanciones
Las comercializadoras tendrán cuatro meses para adaptarse a las nuevas normas. Si incumplen las obligaciones de protección al consumidor, podrán enfrentarse a multas de hasta seis millones de euros.
En definitiva esta nueva regulación busca un mercado eléctrico más transparente, con menos abusos comerciales, más protección para los consumidores vulnerables y más opciones para que hogares y empresas gestionen mejor su factura de la luz.
